El Tribunal Supremo mexicano anuló la pena de cárcel con la que se castiga la interrupción voluntaria del embarazo en algunos Estados del país, sentando un precedente para todo México. Los ministros decidieron por unanimidad favorecer la lucha histórica de las mujeres por la igualdad y el ejercicio pleno de sus derechos.
Según declaró el presidente del pleno, Arturo Zaldívar, ahora ninguna mujer podrá ser procesada por interrumpir su embarazo en el marco de los dispuesto por la Corte. El aborto constituye una práctica sumamente desigual en el país ya que sólo cuatro de los treinta y dos Estados cuentan con legislación al respecto. En el resto de los casos, las normas sobre las causas no punibles para abortar son sumamente restrictivas.
Hoy, la Corte dio un paso significativo en una materia sobre la que el Gobierno nacional ha rehusado de proponer legislación. El presidente mexicano, Andrés Manuel López Obrador, había justificado su reticencia aludiendo a la necesidad de limitar los espacios de enfrentamiento. Por su parte, tras la votación Zaldívar afirmó que la justicia mexicana dejó demostrado que su principal compromiso es con la Constitución y con los Derechos Humanos.
El debate en el Tribunal se extendió durante dos días en los que se abordaron los pedidos de inconstitucionalidad planteados por Coahuila y Sinaloa. Ambos Estados tienen posturas muy severas sobre el aborto. En uno, la interrupción voluntaria del embarazo conlleva una pena de hasta tres años; en otro, el aborto está totalmente prohibido en la medida en que se considera que hay vida desde el momento mismo de la concepción.
En un país profundamente influenciado por el catolicismo y otras religiones aún más conservadoras respecto del aborto, la decisión de la Corte mexicana constituye un paso histórico. En el marco del presente debate, la Corte también anuló la disposición, vigente en el Estado de Coahuila, que establecía una pena menor para los casos de violación en el marco de una relación de pareja o matrimonio. Asimismo, hace solo un mes el mismo Tribunal había declarado inconstitucional la existencia de un plazo determinado para proceder con la interrupción del embarazo en los casos de violación.
